Logotipo de Ateia gipuzkoa

Ateia Gipuzkoa - Asociación de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados.

ACCESO SOCIOS

Legislación y documentación

Legislación

La figura del Transitario está regulada en España desde el año 1987. La LOTT reconoce en su artículo 126 al transitario como una de las figuras, además de las Agencias de Transporte y a los Almacenistas-Distribuidores, clasificadas como actividades auxiliares y complementarias del transporte.

La LOTT fue desarrollada por su Reglamento (ROTT) y en posteriores Ordenes Ministeriales se han ido regulando diversos requisitos exigidos a las actividades encuadradas como auxiliares y complementarias del transporte (artículos 167 al 170 del ROTT) Toda empresa transitaria debe tener una autorización de la Administración de Transportes, que es revisada periódicamente, en los años pares: dicha autorización se otorga previa acreditación de cumplir los requisitos de:

  • Capacitación Profesional: El titular o persona apoderada que lleva la dirección efectiva de la empresa ha de tener el título de capacitación profesional, poderes suficientes y estar en nómina como directivo o ser accionista de un mínimo del 15% del capital social.
  • Capacidad Económica: La empresa ha de tener un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 60.000 euros.
  • Honorabilidad.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y Seguridad Social.
  • Que las instalaciones cuenten con la correspondiente licencia de apertura.

NORMATIVA DE LA ACTIVIDAD DE TRANSITARIO
  • LOTT - Ley de Ordenación de los Transportes terrestres, de 30.07.87, modificada por: L 13/96 de 30.12; L 66/97 de 30.12; RDL 6/98 de 05.06: L 55/99 de 29.12; L 14/00 de 29.12; L 24/2001 de 27.12 y L 29/2003 de 08.10.
  • R.O.T.T.- RD 1211/90 de 28.09 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Modificado por RD 858/1994 de 29.04; RD 1367/97 de 11.07; RD 927/98 de 14.05 y RD 1830/99 de 03.12., parcialmente derogado por L 13/96 de 30.12.
  • Orden Ministerial de 21.7.2000 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de agencias de transporte de mercancías, transitarios y almacenistas-distribuidores.

AUTORIZACIONES
  • Orden Ministerial del 03.12.92 por la que se determinan condiciones esenciales de las autorizaciones de transporte público de mercancías y de agencias de transportes, a efectos de los dispuesto en el art. 200, en relación con el 198-C y 201.6 del Reglamento de Ordenación de los transportes terrestres
  • Orden Ministerial del 20.06.95 por la que se modifican los regímenes de suspensión y de rehabilitación de las autorizaciones de transporte por carretera y de sus actividades auxiliares y complementarias.
  • Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres del 19.09.95 sobre realización del visado de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte
  • Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres del 09.02.96, por la que se establecen reglas de coordinación en materia de tramitación de autorizaciones de transporte por carretera y de actividades auxiliares y complementarias del transporte.
  • Orden Ministerial de 18.09.98 (BOE del 01.10) por la que se dictan normas complementarias en materia de autorizaciones de transporte por carretera (modificada por Orden Ministerial del 26.6.01)
  • Orden Ministerial del 24.08.99 (BOE del 07.09) por la que se desarrolla el R.O.T.T. en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera (modificada por RD 1830/1999 DEL 3.12, por Orden Ministerial del 28.2.00 y por Orden Ministerial del 26.6.01
  • Orden Ministerial del 28.02.00 (BOE del 09.03.) por la que se modifica parcialmente la Orden de 24 de Agosto de 1999 por la que se desarrolla el R.O.T.T. en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.
  • Orden Ministerial del 04.04.00 (BOE 13) por el que se desarrolla el Capítulo IV del título IV del R.O.T.T. en material de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de mercancías por carretera.
  • Orden Ministerial del 26.06.01 (BOE del 06.07) por la que se modifica parcialmente el régimen jurídico de las autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros por carretera

CONSEJEROS DE SEGURIDAD
  • Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de Junio de 1996 (Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 154/10, de 19 de junio), relativa a la designación y a la cualificación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas.
  • Real Decreto 1566/1999 8 octubre (BOE nº 252 de 20 de Octubre),sobre los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable
  • Orden 21 Octubre de 1999 (BOE nº 254, de 23 de octubre), sobre capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
  • Orden de 24 de Abril de 2000 (BOE nº 118, de 24 de Abril), por la que regula el Parte de Accidentes para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
  • Orden de 11 de enero de 2001 (BOE nº 23, de 26 de enero), por la que se regula el contenido mínimo del Informe Anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
  • Orden Ministerial FOM/605/2004 del 27 de Febrero (BOE del 9.de Marzo) sobre capacitación profesional de los consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o por vía navegable.

DERECHO A EFECTUAR DECLARACIONES DE ADUANA
  • Real Decreto 1889/1999 de 13 de diciembre Por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones de aduana (BOE nº 310 de 28 de diciembre de 1999
  • Orden Ministerial de 9 de junio de 2000 del Ministerio de Economía y Hacienda de 9 de junio de 2000.(BOE de 24 de junio de 2000)
  • Resolución de 12 de julio de 2000 del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, relativa al derecho de efectuar declaraciones de aduana. (BOE nº 185 de 3 de agosto de 2000)
  • Modificación Código Aduanero Comunitario de 16 noviembre Reglamento (CE) Nº 2700/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 noviembre, que modifica el Reglamento (CE) nº 2913/1992 del Consejo por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario. Publicado en DOCE 311 de 12 diciembre de 2000.
  • Expedidor Autorizado de 11 diciembre de 2000 Resolución de 11 diciembre de 2000 del Departamento de Aduanas e II.EE por la que se regulan los procedimientos simplificados de: - Expedidor y Destinatario autorizado de tránsito comunitario/común. - Expedidor autorizado de documentos que acrediten el carácter comunitario de las mercancías - Expedidor autorizado de documentos de control T-5 Publicada en BOE nº 305 de 21 diciembre de 2000.
  • Almacenes Depósito Temporal de 21 diciembre de 2000 Resolución de 11 diciembre de 2000 del Departamento de Aduanas e II.EE. por la que se regula el funcionamiento de los Almacenes de Depósito Temporal y de los locales Autorizados para mercancías declaradas de exportación. Publicada en BOE nº 305 de 21 diciembre de 2000.

TAMBIÉN SON DE INTERÉS
  • INCOTERMS: Publicación 560 de la Cámara de Comercio Internacional. Vigente desde enero de 2000.
    Bajar INCOTERMS 2000 en documento .pdf
  • REGLAS Y USOS UNIFORMES RELATIVOS A LOS CRÉDITOS DOCUMENTARIOS. Publicación 500 de la Cámara de Comercio Internacional. Vigente desde enero de 1994.
  • REGLAS DE LA UNCTAD / CCI RELATIVAS A LOS DOCUMENTOS DE TRANSPORTE MULTIMODAL -FBL-. Publicación 481 de la Cámara de Comercio Internacional. Vigente desde enero de 1992.
  • CONDICIONES GENERALES DE EXPEDICIÓN de FETEIA.

TRANSPORTE POR CARRETERA

CONVENIO C.M.R.- Realizado en Ginebra el 19 de mayo de 1956, sobre transporte internacional de mercancías por carretera (BOE num. 109 de 7.05.1974). Modificado por el Protocolo de Ginebra de 5 de Julio de 1978 (BOE 303 de 18 de diciembre de 1982).
Bajar Documento Convenio CMR.pdf

CONVENIO T.I.R. - Aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de cuadernos TIR, realizado en Ginebra el 14 de noviembre de 1975 (BOE núm. 70 de 23.3.1987)

Modificado por:
- BOE núm. 114 de 12.5.1990
- BOE núm. 186 de 5.8.1991
- BOE núm. 133 de 4.6.1993
- BOE núm. 14 de 16.1.1997 y Propuestas de enmiendas publicadas en el BOE num. 135 de 6.6.2003.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION - Condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera (BOE núm. 109 de 7 de mayo de 1997)

A.D.R. - Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera. Hecho en ginebra el 30.9.1957 (BOE núm. 224 de 19.9.1995) texto refundido en BOE núm. 138 de 10.6.1997. Ultima modificaciones BOE núm. 33 del 07.02.2003.

JUNTAS ARBITRALES - Orden Ministerial de 30 de marzo de 2001 (BOE num. 90 de 14 de abril) por la que se establecen las normas para la realización por las Juntas Arbitrales del transporte de funciones de depósito y enajenación de mercancías.

LOTT 30.7.1987: Ley de Ordenación de los Transportes terrestres. Modificada por: L 13/96 de 30.12; L 66/97 de 30.12; RDL 6/98 DE 05.06: L 55/99 de 29.12; L 14/00 de 29.12; L 24/2001 de 27.12 y L-29/2003 de 08.10.

R.O.T.T. 28.9.90: RD 1211/90 de 28.09 (BOE 08.10) por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Modificado por RD 858/1994 de 29.04; RD 1367/97 de 11.07; RD 927/98 de 14.05 y RD 1830/99 de 03.12., parcialmente derogado por L 13/96 de 30.12.

NORMAS CONTROL - Orden Ministerial FOM/238/2003 del 31.1. (BOE del 13.2.) por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de mercancías por carretera.

CERTIFICADO CONDUCTOR - RD 366/2002 del 20.12.02 (BOE del 9.1.03) por el que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países.

TRANSPORTE ANIMALES - Real Decreto 1041/97 del 27.6 (BOE 18) por el que se establecen las normas relativas a la protección de los animales durante su transporte.

DISTINTIVOS VEHICULOS - RDGFTC del 6.3.97 (BOE 18) por la que se establecen reglas sobre las dimensiones de los distintivos de los vehículos de hasta 3,5 toneladas de peso máximo autorizado que realicen transporte.

LEY 29/2003 de 08.10.2003 publicada en el BOE 9, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, por la que se modifica, parcialmente, la Ley 16/1987 de 30 de Julio de Ordenación de los transportes Terrestres.

Transporte por ferrocarril

Real Decreto 1889/1999 de 13 de diciembre por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones de aduana (BOE nº 310 de 28 de diciembre de 1999)

COTIF - Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril, firmado en Berna el 9 de mayo de 1980 y ratificado por instrumento de 16 de diciembre de 1981 y Protocolo para su entrada en vigor el 17 de Febrero de 1984 (BOE núm. 16 de 18 de enero de 1986 y Corrección de Erratas en BOE 185 de 26 de Mayo de 1986.

C.I.M. - reglas uniformes relativas al contrato de transporte internacional de mercancías por ferrocarril de 9 de mayo de 1980.

R.I.C.O. - Reglamento internacional sobre transporte de contenedores. Anexo III del C.I.M..

MERCANCIAS PELIGROSAS - Real Decreto 412/2001 de 20 de Abril, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.

LEY 39/2003 de 17.11.2003, del Sector Ferroviario (BOE 276 de 18.11.2003).

R.I.D. - Reglamento para el transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril C.I.M. Modificaciones: Instrumento de Ratificación que modifica el convenio COTIF, hecho en Berna el 20 de Diciembre de 1990 (BOE núm. 230 de 23 de Septiembre de 1996); disposiciones complementarias al Convenio COTIF, adoptadas en Berna el 26 de Noviembre de 1993 (BOE núm. 135 de 6 de Junio de 1997); Ultimas enmiendas al convenio R.I.D. (BOE núm. 298 de 14 de Diciembre de 1998)y BOE núm. 241 del 8.10.2002.

Transporte marítimo

CONVENIO DE BRUSELAS de 24.08.1924 - Conocido como Reglas de La Haya (Gaceta Oficial del Estado de 31 de Agosto de 1930) e incorporado a la legislación española como Ley de 22 de Diciembre de 1949 (BOE 358 de 24.12.1949).

PROTOCOLO DE VISBY de 23.2.1968 y 21.12.1979 - Ratificados por España por instrumento de 16 de Noviembre de 1981 (BOE 36, de febrero de 1984)

CONVENIO DE NACIONES UNIDAS - Convenio de Naciones Unidas sobre el transporte Marítimo de mercancías, firmado el 31 de Marzo de 1978.

CODIGO I.M.D.G. - Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, aprobado por la Asamblea de la O.M.I. de 27 de Septiembre de 1965.

TRANSPORTE ANIMALES VIVOS - Real Decreto 1041/97 sobre normas de protección en el transporte de animales vivos.

MANIPULACION MERCANCIAS PELIGROSAS - Real Decreto 145/89 sobre admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos.

Transporte aéreo

CONVENIO DE VARSOVIA - Firmado el 12 de Octubre de 1929 y publicado en La Gaceta de Madrid el 21 de Agosto de 1931. Modificaciones por el Protocolo de la Haya de 28 de Septiembre de 1955 (BOE 133 de 4 de Junio de 1975) y por el Protocolo de Montreal de 25 de Septiembre de 1985 (BOE 147 de 20 de Junio de 1997).

RATIFICACION CONVENIO MONTREAL - BOE del 20.05.2004. Ratificación del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28.05.1999.

TRANSPORTE SIN RIESGO DE MERCANCIAS PELIGROSAS - Reglamento Nacional sobre transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea, Real Decreto 1749/1984 de 1 de Agosto (BOE 245 de 12 de Octubre de 1984). Ultima modificación por Orden de 24 de Septiembre de 1996 (BOE 235 de 28 de Septiembre de 1996)

REGLAMENTO IATA Para el transporte internacional de mercancías peligrosas. Renovación anual.

LEY NAVEGACION AEREA - Ley 28/1960 de 21 de Julio, sobre navegación aérea (BOE 176 de 23 de Julio de 1960)

SEGURIDAD AEREA - Ley 21/2003 de 7 de Julio, sobre Seguridad Aérea (BOE 162 del 08.07.2003).

CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL - Firmado en Chicago el 7 de Diciembre de 1944 (Ratificado el 21 de Febrero de 1947), publicado en el BOE 311 de 29 de Diciembre de 1969

PROTOCOLO DE LA HAYA de 28.09.1955 - Ratificado por España en 6 de Diciembre de 1965 y publicado en el BOE 133 de 4 de Junio de 1973.

INSTRUMENTO DE RATIFICACION DE PROTOCOLO- Relativo a una enmienda al artículo 50.a) del convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Montreal el 26 de Octubre de 1990. (BOE 25 del 29 de enero de 2003)


Volver